Radio Nacional de España




domingo, 18 de marzo de 2007

LUCHA CONTRA EL TERRORISMO EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Lucha contra los delitos informáticos.


ACTO


Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones: Creación de una sociedad de la información más segura mediante la mejora de la seguridad de las infraestructuras de información y la lucha contra los delitos informáticos [COM (2000) 890 final - no publicada en el Diario Oficial]

SÍNTESIS

El desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación dan lugar a profundos cambios en la economía y en la sociedad. El éxito de la sociedad de la información es decisivo para el crecimiento, la competitividad y la creación de empleos en Europa. Esta es la razón por la que la Comisión lanzó la Iniciativa eEuropa en diciembre de 1999, cuyo objetivo era permitir a la UE utilizar todas las posibilidades. El plan de acción global sobre esta Iniciativa, aprobado por el Consejo Europeo de Feira en junio de 2000, destaca la importancia de la seguridad de las redes y de la lucha contra los delitos informáticos.



Al mismo tiempo, esta importancia creciente de las infraestructuras de información y comunicación abre nuevos caminos a conductas delictivas. Esta es la razón por la que la Unión Europea (UE) ya lanzó una serie de medidas para luchar contra el contenido ilícito y perjudicial en Internet con el fin de proteger los derechos de la propiedad intelectual y los datos de carácter personal, promover el comercio electrónico y reforzar la seguridad en las transacciones, es decir:
el programa de acción relativo a la delincuencia organizada, adoptado por el Consejo JAI en mayo de 1997 y aprobado por el Consejo Europeo de Amsterdam, que invitaba a la Comisión a realizar un estudio sobre la delincuencia informática.

La Comisión presentó en abril de 1998 este estudio, conocido por su título abreviado «estudio COMCRIME»; el Consejo Europeo de Tampere reconoció que los esfuerzos para llegar a un acuerdo sobre definiciones y sanciones comunes de una serie de actos delictivos deben también referirse a la delincuencia que utiliza las nuevas tecnologías; la aprobación de una serie de medidas iniciales en el marco de la estrategia de la Unión en materia de lucha contra la delincuencia que se sirve de las altas tecnologías .


Definición de la delincuencia informática.
La Comunicación define la delincuencia informática en un sentido amplio, como referido a todo delito que implique la utilización de las tecnologías informáticas. Los conceptos de «delincuencia informática», «delincuencia relacionada con la informática», «delincuencia de alta tecnología» y de «delincuencia cibernética» tienen el mismo significado en la medida que todos se refieren a: a) la explotación de las redes de información y comunicación sin ninguna dificultad geográfica y b) la circulación de datos intangibles y volátiles.


Los principales delitos tratados por la legislación existente a nivel europeo así como a nivel nacional son los siguientes:

Delitos contra la intimidad: recogida, almacenamiento, modificación, revelación o difusión ilegales de datos personales.

Delitos relativos al contenido: difusión, especialmente por Internet, de pornografía, y en especial de pornografía infantil, declaraciones racistas e información que incita a la violencia.

Delitos económicos: acceso no autorizado y sabotaje: muchos países han aprobado leyes que abordan los delitos económicos perpetrados por ordenador y tipifican nuevos delitos relacionados con el acceso no autorizado a sistemas informáticos (por ejemplo, la piratería, el sabotaje informático y la distribución de virus, el espionaje informático, y la falsificación y el fraude informáticos).

Delitos contra la propiedad intelectual: delitos contra la protección jurídica de programas de ordenador y la protección jurídica de las bases de datos, los derechos de autor y derechos afines.


Propuesta legislativas y no legislativas.
Las medidas legislativas que tienen por objetivo armonizar las disposiciones nacionales en materia de delincuencia informática deberían ser completadas mediante medidas no legislativas, en particular: la creación de unidades nacionales especializadas (autoridades policiales y autoridades judiciales); la formación permanente y especializada de policías y personal de la administración de justicia; la armonización de las normas de contabilización en materia policial y judicial así como la creación de instrumentos adaptados para el análisis estadístico de la criminalidad informática;
cooperación entre los distintos actores mediante la creación de un foro europeo;
fomentar acciones realizadas directamente por las empresas con el fin de luchar contra la delincuencia informática;
proyectos en el ámbito de la investigación y el desarrollo tecnológico (IDT) financiados por la Unión Europea.


La Comisión presentará propuestas legislativas en los siguientes ámbitos:
armonización de las legislaciones de los Estados miembros en el ámbito de los delitos relativos a la pornografía infantil; armonización de los sistemas de derecho penal material en el ámbito de la delincuencia que se sirve de las altas tecnologías; aplicación del principio de reconocimiento mutuo relativo a las medidas cautelares previas a los pleitos vinculados a las investigaciones en materia de delincuencia informática que implican a más que un Estado miembro.

Además de las legislativas, se han previsto otras medidas, en particular: la creación de un foro europeo que reúne a las autoridades encargadas de la aplicación de las leyes, a los proveedores de servicio, operadores de redes, asociaciones de consumidores y autoridades encargadas de la protección de los datos con el fin de intensificar la cooperación a escala comunitaria; la continuación de las acciones en favor de la seguridad y la confianza en el marco de la iniciativa eEuropa, del plan de acción Internet, del programa en el ámbito de las tecnologías de la sociedad de la información (IST) así como del próximo programa marco de IDT; puesta en marcha de otros proyectos en el marco de programas existentes sobre formación del personal; financiación de medidas destinadas a mejorar el contenido y la utilización de la base de datos de las legislaciones nacionales proporcionada por el estudio COMCRIME.


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